por Isabel Robles
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13 dic., 2023
Si trasladas bienes o mercancías, debes generar previamente el CFDI de tipo ingreso con el complemento Carta Porte para acreditar la estancia legal y/o tenencia de esta durante el traslado. Es importante recalcar que tu mercancía debe ir acompañada en todo momento del archivo digital o representación impresa de este complemento. La actualización del complemento de Carta Porte 3.0 entró en vigor el 25 de noviembre 2023 , sin embargo, de acuerdo con lo establecido en el Segundo Transitorio de la Octava Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, se cuenta con un periodo de convivencia con la versión 2.0 del complemento hasta el 31 de diciembre de 2023 . Por lo tanto, a partir del 1ro de enero de 2024 será obligatorio que generes tu CFDI con el complemento Carta Porte 3.0 con el fin de evitar una multa por parte de las autoridades correspondientes.