Carta Porte: Lo que tienes que saber

12 de diciembre de 2022

¿QUÉ ES UNA CARTA PORTE?

 Es un complemento fiscal que sirve para dar información adicional al cfdi acerca de los bienes y mercancías, incluyendo su origen, puntos intermedios y destinos, además de identificar el medio de transporte por el cual llegó el artículo, ya sea aérea, terrestre, marítima y fluvial. También incluye el traslado de hidrocarburos y demás derivados del petróleo y demás gastos realizados en el trayecto.

¿Quiénes están obligados a emitir la Carta Porte?

Todo aquel contribuyente dedicado a prestar servicios de transporte terrestre, marítimo, aéreo, fluvial o de carga.
  • Un avión está despegando de una pista del aeropuerto al atardecer.

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  • Un gran barco portacontenedores está atracado en un puerto lleno de muchos contenedores.

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  • Una fila de semirremolques están estacionados en un estacionamiento.

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  • Un tren lleno de contenedores de colores va bajando por las vías.

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¿Qué debe incluir la Carta Porte?

  • Tipo de carta: Especificar que es un CFDI de traslado para que no sea confundida con otras.
  • Datos del Transportista: Nombre y dirección del responsable de transportar la mercancía.
  • Datos de quién envía: Nombre y dirección de la persona/empresa que recibe la mercancía en el destino.
  • Número de orden: Número de orden que debe tener la carta correspondiente con la mercancía.
  • Datos de la mercancía: Valor y descripción del tipo de mercancía que es transportada.
  • Gastos: Identificar todos los gastos que se tienen con concepto de flete, transporte, combustibles, y otros.
  • Tipo de transporte: debe especificarse el tipo de auto, modelo y otras especificaciones relevantes.

¿Cómo emitir una Carta Porte desde el portal del SAT?

Para emitir una carta porte desde el portal del sistema de administración tributaria (SAT) se debe realizar un procedimiento un tanto extenso, para que te des una idea, te compartimos el instructivo oficial del SAT. 

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La renovación de tu e.firma (FIEL) es clave para mantener al día tus trámites fiscales ante el SAT. La forma de renovar tu e.firma dependerá del estado en que se encuentre. A continuación, te explicamos qué hacer. e.firma vigente Si tu e.firma aún se encuentra vigente o venció hace menos de un año, puedes renovarla en línea mediante SAT ID (solo para personas físicas), sin necesidad de acudir a una oficina del SAT. Aquí te compartimos un video con el paso a paso.  Si eres persona moral, deberás seguir los pasos que se muestran en esta página del SAT.
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